Juan B Justo 3500 | KRA0168

FICHA

  • Producto Local
  • Operación Alquiler
  • Barrio Villa Crespo
  • Baños 1
  • Antigüedad 50 años
  • Estado Bueno
  • Sup. Total 54,43 m2
  • Sup. Planta Baja 25,57 m2
  • Sup. Subsuelo 28,86 m2
  • Expensas 250000

$ 600.000

ALQUILER

Juan B Justo 3500

Villa Crespo

Av. Juan B Justo 3591 Villa Crespo entre Nicolas Repetto Y Gral. Manuel Rodriguez Local de 4.38 x 4.71 mts. Subsuelo de 3.22 x 2.27 mts y 4.95 x 4.11 mts. Requisitos Garante propietario familiar directo de Capital Federal con recibo de sueldo o seguro de alquiler (empresa a confirmar). Demostración de ingresos. 1 mes de depósito, 1 mes adelantado, Certificación de firmas ante escribano e informes. Cofiador con recibo de sueldo. Incrementos trimestrales segun IPC. Honorarios mas Iva. Ley 5115. El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades reducidas. AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son al día de la publicación. Los datos pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso. Los precios indicados podrán modificarse sin previo aviso. C.U.C.I.C.B.A. MAT. 769 C.M.C.P.S.I Nro. 4151


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 250000

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

CONTACTO





Solicitá tu tasación !

Nuestro compromiso es acompañarte y brindarte todo lo necesario para lograr tu objetivo.

Kraft Propiedades, matriculado responsable Guillermo Kraft CUCICBA 769, CMCPSI 4151

Desarrollado por TecnoGestión Sistemas